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Lo
primero es decidir si vas a encargarte de venderla
tu mismo o se lo quieres encargar a una agencia
inmobiliaria o a una API.
Si
es una agencia
serán los profesionales los que te sugieran
las diferentes formas de anunciar tu casa y te
aportarán experiencia y medios para hacerlo.
Te resolverán cualquier cuestión
que te surja. Pero esto no te saldrá gratis.
Te cobrarán según la normativa vigente,
el 3% del valor de la tasación si la casa
es una finca urbana, aunque este precio se puede
pactar libremente.
Hay agentes que trabajan con contrato de exclusividad
(sólo ellos pueden vender tu piso), mientras
que otros no ponen esa condición.
Si
eres tú
el que se va a encargar de vender la vivienda
te aconsejamos que pongas un anuncio en diferentes
medios de comunicación: secciones inmobiliarias
de los periódicos, portales inmobiliarios,
prensa especializada,... Procura que la descripción
del inmueble se ajuste a la realidad. La ventaja
de este método es que tu anuncio lo leerá
mucha gente.
El inconveniente es que tu teléfono probablemente
no pare de sonar o que tengas que atender a multitud
de visitas.
También puedes poner un cartel en tu portal
o en la fachada de tu edificio y dar instrucciones
al portero para que facilite información
a los interesados.
Conviene que confecciones un libro de visitas.
Anota en él todas las características
de tu vivienda, el nombre de las personas que
realmente se hayan interesado por tu vivienda,
las preguntas que te han hecho, y las discusiones
sobre el precio final.
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Ten
disponibles toda la documentación que te pueda
pedir el comprador.
Datos y documentos a
proporcionar al comprador:
Copia de
la escritura de propiedad: es el único
modo de demostrar al comprado que eres el propietario
de la casa.
Recibos:
Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI): ten a mano
siempre este recibo. Gastos de la comunidad: ten
a mano el último recibo. Impuesto sobre el Incremento
de Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana: se
conoce también como plusvalía. La ley establece
que este gravamen lo paga el vendedor salvo que
se pacte lo contrario.
Descripción del piso:
es
necesario que le proporciones al comprador los
siguientes datos: metros cuadrados que tiene tu
casa, porcentaje que le corresponderá (cuando
sea suyo el piso) como coparticipe del edificio
donde está alojada la vivienda, plano de
la vivienda, cédula de habitabilidad, y
si es posible una memoria de calidades.
o Uso urbanístico: acuda al ayuntamiento
sino está seguro si se encuentra en vigor
la licencia municipal. Facilite también
al comprador una relación de los servicios
que ofrece el entorno: medios de transporte, colegios,
centros médicos,...
Cómo
vender tu casa si está alquilada:
si tienes un inquilino tiene derecho de tanteo
y retracto. Es decir que estás obligado
a ofrecerle el piso en las mismas condiciones
que te han brindado. Si el inquilino renuncia
a su derecho pídele que lo haga por escrito.
Negociar el precio:
estudia bien a tu posible comprador y trata de
intuir hasta donde puede ceder. Ofrece el precio
de algunos muebles o la realización de
arreglos por cuenta tuya. Si tienes plaza de garaje
ofrécela también al negociar.
Preparar el contrato:
prepara un contrato privado de compraventa (o
de arras si es necesario) en el que quede muy
claro el precio y las siguientes condiciones:
dinero que se entrega a cuenta, fecha y forma
de pago de la cantidad restante, si el piso tiene
inquilinos, estado de cargas de la vivienda, descripción
detallada de la misma, y fecha efectiva de la
entrega de llaves. Éstas suelen darse en
el momento de firmar la escritura. No entregues
nunca las llaves sin haber formalizado el traspaso.
Tampoco aceptes cantidades a cuenta ni permitas
que lo haga un intermediario en tu nombre sin
hablar con tu abogado.
Cómo pagar menos a hacienda:
no tienes que pagar nada a hacienda si inviertes
el dinero cobrado en otra que sea tu vivienda
habitual siempre que no hayan pasado más
de dos años de la compraventa. Si no es
así tendrás que pagar en tu IRPF.
Se considerará el dinero como ganancia
patrimonial. Debes declarar la diferencia entre
el dinero al que compraste la vivienda y el dinero
al que la has vendido. El dinero a pagar depende
de unos coeficientes y el tiempo transcurrido
entre la compra y la venta. Consulta a un fiscalista.
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